Normativa aplicable al alquiler para antenas de telefonía móvil
El sector de la telefonía móvil está regulado por la Ley 9/2014 de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones. Dependiendo de donde se encuentren las antenas, además de esta ley, le son aplicable otras normativas, si están en suelo urbano, rústico, en un edificio de una comunidad de vecinos y del municipio en concreto.
Si están en suelo urbano, se le aplica la ley de arrendamientos urbanos.
Si es una azotea de un edificio de una comunidad de propietarios, se le aplica la ley de la propiedad horizontal.
En suelo rústico, la ley de arrendamientos rústicos.
Si el suelo no está dentro de estas dos clasificaciones, hay que consultar el código civil. A todo esto, hay que ver también la normativa urbanística del municipio. Los contratos deben de estar conforme a lo establecido en estas leyes, de ahí la importancia de informarse y asesorarse.
En el momento que un propietario particular, una comunidad de vecinos, una empresa, o una administración pública se plantea alquilar un espacio o azotea para una instalación de una antena de telefonía móvil, es muy importante estar bien informado a la hora de negociar el contrato de arrendamiento de antena de telefonía.
Las diferencias económicas que se pueden obtener por estar asesorado o no pueden llegar a ser muy importantes, a veces más del doble de lo que ofrecen las operadoras.
En primer lugar, ¿en cuánto se puede alquilar una azotea, un terreno o un espacio, para instalar una antena de telefonía móvil?
Lo que pagan las operadoras por alquilar una azotea o un terreno es muy variado y depende de: necesidad de dar cobertura en la zona, situación de la azotea o terreno con respecto a su entorno, si existe en la zona algún punto de especial interés para la operadora, de las tecnologías que se van a instalar, del despliegue existente de la operadora en la zona, de la dificultad de encontrar candidatos.
En segundo lugar, ¿qué cláusulas se deben de incluir y cuáles se deben de eliminar de los contratos que presentan las operadoras?
En este sentido es muy importante, además, de conocer las leyes que son de aplicación a este tipo de alquileres para instalaciones de antenas de telefonía móvil, conocer la especifidad del sector. Tecnologías que instalar, espacios a ocupar, elementos que van a componer la antena de telefonía móvil, futuras modificaciones o cambio de necesidades en la operadora… todo esto se debe de trasladar en forma de cláusulas al contrato de arrendamiento de antena de manera que el propietario no se encuentre con sorpresas desagradables en el futuro.
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